domingo, 6 de diciembre de 2009

FELIZ DÍA DE LA CONSTITUCIÓN!!

Hola amigos

Como todos sabeis hoy es el día de la Constitución Española, debería ser un día de celebraciones, siempre y cuando hubiese un respeto y respaldo unánime hacia ella, pero esto no es así, os voy a enumerar los artículos que el gobierno del innombrable se pasan por el forro...

Artículo 2.

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Creo que no hace falta ningún comentario al respecto, sabemos quienes son los que quieren disolver la unidad y que intereses son los que les mueven a ello.

Artículo 3.

1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.

2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.

3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.

Otra vez los mismos son los que se quieren saltar el articulado de la Carta Magna, y lo que es peor, intentar imponer al resto de españoles sus ideas.

Artículo 10.

1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la Ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

Con asignaturas como Educación `para la ciudadanía se respeta el libre desarrollo de la personalidad?

Artículo 12.

Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.

Pero a los 16 se puede tomar la decisión de abortar...

Artículo 14.

Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

MENTIRA, no son iguañles un catalán que un aragonés, o que un canario.


Artículo 15.

Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las Leyes penales militares para tiempos de guerra.

Con la nueva ley del aborto estais seguros de que TODOS tienen derecho a la vida?

Artículo 18.

1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en el sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.

4. La Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

JA, JA Y JA Podemos hablar del trato dado a Camps, o de SITEL, es todo mentira.

Artículo 35.

1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.

Todos los que puedan, ya que con estos en el gobierno veo dificil que se pueda conseguir...

Artículo 40.

1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.

JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAAAAAAAA

Artículo 44.

1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.

Con leyes como el canon, y con Gonzalez Sinde de ministra????

Artículo 135.

1. El Gobierno habrá de estar autorizado por Ley para emitir Deuda Pública o contraer crédito.

2. Los créditos para satisfacer el pago de intereses y capital de la Deuda Pública del Estado se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de los presupuestos y no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión.

sin comentarios....

Artículo 138.

1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.

2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.

MENTIRA

Artículo 155.

1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras Leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónoma

Esto quizá interese a Montilla...

Artículo 161.

1. El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y es competente para conocer.

1.

Del recurso de inconstitucionalidad contra Leyes y disposiciones normativas con fuerza de Ley. La declaración de inconstitucionalidad de una norma jurídica con rango de Ley, interpretada por la jurisprudencia, afectara a esta, si bien la sentencia o sentencias recaídas no perderán el valor de cosa juzgada.
2.

Del recurso de amparo por violación de los derechos y libertades referidos en el artículo 53,2, de esta Constitución, en los casos y formas que la Ley establezca.
3.

De los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de los de estas entre si.
4.

De las demás materias que le atribuyan la Constitución o las Leyes orgánicas.

2. El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses.

Andaaaaaaaaaaaaaaaa......



Todos estos artículos están siendo violados de alguna manera según mi parecer, creo que la Constitución necesita algunas reformas, pero no en lo principal que son nuestros derechos y deberes y que quedan muy claros en la Constitución que además fue redactada con el consenso. Consenso que con sus decisiones han ido deshaciendo algunos nacionalistas con el consentimiento del innombrable, todo porque su visión del Estado Español es la de una federación de CC.AA, cosa prohibida por nuestra Constitución

POr otra parte, hoy os voy a pedir un favor, nos quieren imponer el catalán como lengua co-oficial en Aragón (menos mal que no se les ha ocurrido que sea el rumano (aunque tendría mas sentido...) os pido que entreis en esta web y firmeis en contra: www.noalaimposiciondelcatalan.es

Por todo esto y porque has hecho con NUESTRA Constitución lo que te ha dado la gana...

LAAAAAAAAAAAAAARGATEEEEEEEEEEE ZPEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEEE!!!!!!!!!!

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